Un reciente pronunciamiento de la Contraloría General de la República estableció que la Dirección General de Aguas (DGA) incurrió en una actuación ilegal al modificar de oficio una resolución relacionada con el listado de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patente por no uso, excediendo las facultades que la normativa vigente le otorga.
Según indicó el organismo fiscalizador, la DGA alteró el caudal sujeto al pago de la patente basándose en antecedentes obtenidos con posterioridad a la resolución originalmente dictada, específicamente mediante fichas de verificación que no habían sido consideradas inicialmente. De acuerdo con la Contraloría, dicha actuación vulnera el artículo 41 de la Ley N° 19.880, norma que establece que las resoluciones administrativas no pueden agravar la situación jurídica previamente determinada para el interesado.
Además, el ente contralor señaló que la actuación administrativa excedió los límites establecidos en el artículo 62 de la misma ley, el cual permite únicamente efectuar aclaraciones o rectificaciones de oficio respecto de errores manifiestos, sin alterar aspectos sustanciales del acto administrativo original.
En el caso particular, la Comunidad Loteo Agrícola-Residencial Agua Dulce había planteado discrepancias respecto de las coordenadas de las obras de captación. Frente a ello, la Contraloría precisó que la tecnología o metodología utilizada en la constitución de derechos no exime del cumplimiento de las condiciones establecidas en las resoluciones originales, especialmente considerando que las fichas de verificación coincidían con los planos oficiales existentes.
Como consecuencia de estas observaciones, la Contraloría instruyó a la DGA adoptar las medidas necesarias para corregir la situación detectada y presentar un informe dentro de un plazo de 15 días detallando las acciones implementadas. Asimismo, solicitó antecedentes sobre las razones por las cuales las fichas de verificación no fueron consideradas en un inicio y respecto de la ausencia de pronunciamiento sobre un recurso de reconsideración que aún se encontraba pendiente.
Este pronunciamiento reafirma un principio fundamental del derecho administrativo: las autoridades públicas deben actuar estrictamente dentro del marco legal que regula sus competencias. Además, fortalece la protección de los derechos de los titulares de derechos de aprovechamiento de aguas, entregando mayor certeza jurídica frente a decisiones administrativas que puedan afectar sus intereses.

